Nuevo Real Decreto Ley para impulsar las energías renovables y favorecer la reactivación económica-parte 4

El Real Decreto-ley se divide en cuatro bloques-bloque 4º

Se establecen una serie de medidas sectoriales para el impulso de la actividad económica y el empleo en respuesta a la crisis del COVID-19.

Los puntos de recarga de alta capacidad, utilidad pública

Con el objeto de facilitar la expansión del vehículo eléctrico, el Real Decreto-ley otorga la declaración de utilidad pública a las infraestructuras eléctricas asociadas a los puntos de recarga de alta capacidad (con potencia superior a 250 kW), fundamentales para permitir que se abran estaciones de recarga ultra-rápida en carreteras, autovías y autopistas, aumentando las posibilidades de la movilidad eléctrica.

Asimismo, la norma extiende la vigencia del Fondo Nacional de Eficiencia Energética hasta 2030 y mejora del procedimiento de cálculo de las obligaciones. Este fondo, que se dota con cuotas anuales de las empresas comercializadoras de gas, electricidad y productos petrolíferos, ha permitido movilizar más de 1.000 millones de euros en ayudas en los últimos cinco años para invertir en medidas de ahorro de energía. De manera excepcional, y en atención a la situación creada por el COVID-19, se permitirá a las comercializadoras que sean pequeñas y medias empresas (PYMES) retrasar el pago de las obligaciones con el fondo correspondientes a 2020, favoreciendo la recuperación de su liquidez.

Liquidez del sistema

Con el objetivo paliar los efectos de la crisis sanitaria provocada por el coronavirus y asegurar la liquidez del sistema eléctrico en el corto plazo, se habilita el uso del superávit de ingresos para cubrir los eventuales desajustes y desviaciones entre ingresos y costes del sistema de 2019 y 2020. Se concretará mediante orden ministerial.

Esto permite que el conjunto de los “sujetos de liquidación”, esto es, los operadores de las redes de transporte y distribución, incluidas las más de 300 pequeñas distribuidoras que operan en el país, así como las más de 60.000 instalaciones de renovables, cogeneración y residuos, puedan percibir una parte significativa de la retribución correspondiente al ejercicio 2019. Se trata de una medida que facilita liquidez a estos sujetos, permitiendo que mantengan su actividad y facilitando nuevas inversiones en el ámbito industrial, digitalización de redes y en desarrollo de renovables, imprescindibles en este momento de recuperación económica.

Además, el Real Decreto-ley ajusta excepcionalmente los porcentajes de Producto Interior Bruto (PIB) por los que se rigen la inversión máxima que se dedica a redes de transporte y distribución en el trienio 2020-2022. De esta manera, se podrá mantener el ritmo inversor previsto originalmente, antes de la crisis del COVID-19, y acometer las actuaciones necesarias para la integración de la nueva generación renovable.

Apoyo a cogeneración, lodos de aceite y biomasa

En el caso de las instalaciones acogidas al régimen retributivo específico cuyos costes de explotación dependen esencialmente del precio del combustible. Esto incluye a las instalaciones de cogeneración, a las instalaciones de tratamiento de purines, a las instalaciones de tratamiento de lodos de aceite y a las biomasas. Se establece la revisión del valor de la retribución a la operación, que será de aplicación durante el periodo de vigencia del estado de alarma, para reconocer los efectos de unos menores precios de mercado y de CO2, paliando así el impacto que la crisis sanitaria ha tenido sobre sus condiciones de operación. Con ello, se presta apoyo especialmente al sector industrial y agrícola, que emplean este tipo de tecnologías.

En concreto, para el cálculo de la mencionada revisión se consideran los valores del precio del mercado eléctrico y del precio de los derechos de emisión de CO2 durante el estado de alarma. Adicionalmente, se reducen un 50% los valores del número de horas equivalentes de funcionamiento mínimo y del umbral de funcionamiento aplicables al año 2020, respecto de los valores establecidos previamente.

Transición justa

Para facilitar la gobernanza y correcta implementación de la Estrategia de Transición Justa del Gobierno de España, que permitirá el despliegue y financiación de proyectos que garanticen el empleo y la actividad económica en las zonas en transición energética, se ha creado el Instituto de Transición Justa, a partir del anterior Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y del Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras. En este Real Decreto-ley se define el objeto de este instituto: identificar y adoptar medidas que garanticen a trabajadores y territorios afectados por la transición hacia una economía más ecológica, baja en carbono, un tratamiento equitativo y solidario, minimizando los impactos negativos sobre el empleo y la despoblación de estos territorios.

La capacidad de acción de evacuación de los nudos que dejan liberados las centrales térmicas de carbón que cierren es un importante activo para la generación de empleo y nuevos proyectos industriales en las zonas de transición. El Real Decreto-ley 17/2019 posibilitó al Gobierno regular procedimientos y establecer requisitos para la concesión de la totalidad o de parte de dicha capacidad que ponderen, además de las cuestiones técnicas y económicas, los potenciales beneficios medioambientales y sociales. Para poder diseñar y convocar estos procedimientos a la mayor brevedad, se habilita a la Dirección General de Política Energética y Minas del MITECO para que solicite al operador del sistema el cálculo de la capacidad máxima disponible en cada uno de estos nudos.

Agilidad y seguridad jurídica de la normativa ambiental

La norma también modifica la Ley de Evaluación Ambiental para dotarla de mayor agilidad y seguridad jurídica, garantizando la protección del medio ambientefacilitando la tramitación de proyectos que permitan la reactivación de la economía tras la crisis que ha provocado la pandemia de la COVID-19.

En este sentido, se regula la prórroga de vigencia de las declaraciones de impacto, evitando así el vacío jurídico existente, se agiliza el procedimiento para la determinación del alcance del estudio de impacto ambiental y se completan determinados aspectos del procedimiento de evaluación ambiental simplificada.

bueno amigos, hasta aquí la publicación de hoy espero que os haya resultado interesante como a mi.

Noticia publicada en la página web https://www.caloryfrio.com/noticias/normativas/

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